
He descargado los documentos de esta web y pueden encontrarse las versiones que he utilizado en estos enlaces: Proyecto Educativo, Reglamento de Régimen Interior.
Aunque me gusta la redacción del proyecto educativo, no me queda del todo claro cuál es la visión, cuál la misión y cuáles los objetivos, aunque sí pueden extraerse algunas ideas.
Esto es lo que dice el texto:
PRINCIPIOS, VALORES, FINES EDUCATIVOS Y MODELO DE ENSEÑANZA DEL INSTITUTO
La visión que de nuestro centro tenemos es la de un espacio:
Donde el alumnado pueda adquirir la capacidad de ser una persona en libre, que desee estar formándose plenamente en el aspecto humano, académico y profesional, aprendiendo de los que decimos y lo que hacemos.
En el que los que trabajan estén a gusto, participando y dando respuesta a sus inquietudes. Un lugar en el que deseen quedarse o al que quieran volver.
En el que confíen las familias y en el que las buenas prácticas sean incuestionables.
Un centro del que toda la Comunidad Educativa esté orgullosa y que sea un referente de prestigio en nuestro entorno.
La consecución de lo anterior exige:
La mejor formación integral de cada alumno, que emana de nuestro propio bienestar y de nuestro ejemplo personal de respeto, trabajo y participación.
Crear en todos los miembros de la Comunidad Educativa un sentimiento de satisfacción y deseo de mejora.
Asumir misiones concretas por parte de cada colectivo, que deben confluir necesariamente en la misión general del Centro.
Es misión del Centro crear un entorno de trabajo en equipo donde el profesorado y el personal de administración y servicios encuentre un clima óptimo y asuman unos objetivos comunes. Donde las familias encuentre el apoyo para abordar la compleja tarea de educar a sus hijos y donde los alumnos observen la necesaria coherencia que debe presidir su actividad formativa (fines y medios para conseguir unos fines).
La educación en nuestro centro se realizará atendiendo especialmente a los siguientes.
PRINCIPIOS EDUCATIVOS
1. Responsabilidad
2. Fomento del esfuerzo y autodisciplina
3. Solidaridad, tolerancia y respeto
4. Libertad
5. Igualdad y no discriminación
6. Participación democrática
7. Curiosidad científica, humanística y artística
8. Participación activa
9. Respeto y defensa del medio ambiente
10. Integración e inclusión educativa
FINES EDUCATIVOS
El proyecto Educativo del IES “LAS SALINAS”, se basa en los principios y valores de la Constitución española y se asienta en los principios y libertades reconocidas en ella. Estos principios y valores se incorporan a toda la acción educadora y a todos los recursos y materiales didácticos del Centro a fin de colaborar en la consecución de los siguientes fines:
1. Transmitir al alumnado el valor e importancia del esfuerzo, potenciando al mismo tiempo la estimulación hacia el propio aprendizaje
2. Potencial la correcta expresión oral y escrita y el cálculo matemático básico
3. Combinar los aprendizajes teóricos con los prácticos
4. Favorecer la integración del alumnado en la vida escolar y social
5. Desarrollar una actitud de respeto y confianza en la relación con los demás
6. Fomentar el conocimiento, valoración y respeto de su entorno natural, social y cultural
7. Asumir las reglas y normas establecidas democráticamente como medio que hace posible el funcionamiento correcto de cualquier organización o sistema
8. Facilitar una gestión eficiente y participada del Centro en todos sus ámbitos
9. Ampliar las rutinas de autonomía y responsabilidad
10. Incentivar el trabajo coordinado y la formación permanente del profesorado
11. Alentar la participación de las familias en la vida del Centro.
12. Propiciar cauces de acercamiento e intercambio con los Centros del entorno.
Así que a partir de unos principios educativos más o menos ambiciosos (aunque poco originales –y no es que tengan que serlo-), se redactan unos fines, a modo de objetivos, más concretos, ya que al lograr estos estamos un paso más cerca de cumplir los principios del centro. Pero, ¿es el estilo del reglamento adecuado?
Al realizarnos esa pregunta me planteo cuál es su sentido, me pregunto si se trata simplemente de si la redacción es clara y si el cumplimiento del reglamento hace que se alcancen los fines y se sigan los principios, o si, además, se requiere detectar algún espíritu (de mejora, conciliador, serio, crítico, autoritario...) en el reglamento.
La asepsia de su redacción me recuerda a la de los textos legales, claro que ese es, groso-modo, su cometido: ha de ser la norma por la que se rija el centro en su día a día, una serie de procedimientos a los que recurrir cuando no se tienen claros los pasos a seguir. Ocurre así en cualquier asociación, y es un documento que se va actualizando acorde a las circunstancias, pues siempre ocurren imprevistos que hacen deseable un nuevo punto que, de haber estado escrito antes, habría evitado disputas. ¿Dónde está el riesgo?
A veces los reglamentos de régimen interno tienen un volumen mayor que todas las constituciones del mundo apiladas. Con el paso de los años el exceso de normativa puede rigidizar tanto las relaciones humanas, que sea difícil la normal convivencia.
Como ejemplo de la redacción del RRI del centro, pego aquí este artículo:
Artículo 59.- GRADACIÓN DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS Y DE LAS SANCIONES.
A efectos de la gradación de las medidas de corrección y de las sanciones, se consideran circunstancias que atenúan la responsabilidad:
a) El reconocimiento espontáneo de la conducta, así como la petición de excusas y la reparación espontánea del daño producido ya sea físico o moral.
b) La falta de intencionalidad.
c) El carácter ocasional de la conducta.
d) Otras circunstancias de carácter personal que puedan incidir en su conducta.
A los mismos efectos, se consideran circunstancias que agravan la responsabilidad:
a) La premeditación.
b) La reiteración.
c) La incitación o estímulo a la actuación individual o colectiva lesiva de los derechos de los demás miembros de la comunidad educativa.
d) La alarma social causada por las conductas perturbadoras de la convivencia, con especial atención a aquellos actos que presenten características de acoso o intimidación a otro alumno.
e) La gravedad de los perjuicios causados al centro o a cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa.
f) La publicidad o jactancia de conductas perturbadoras de la convivencia a través de aparatos electrónicos u otros medios.
En el caso de que concurran circunstancias atenuantes y agravantes ambas podrán compensarse.
En el caso del IES «Las Salinas», que nos ocupa, el reglamento es bastante extenso, sí, pero a la vez suficientemente general. Explica los procedimientos sancionadores y, en cierta medida, acota las posibles faltas del alumnado, pero las incluye en una especie de cajón de sastre bajo el nombre de «conductas contrarias a las normas de convivencia». Me parece de lo más acertado, pues según en qué circunstancia, una misma conducta puede considerarse inadecuada o deseable. ¿Dónde está el peligro ahora?
La laxitud de la norma provocada por esta indefinición (que ya digo que, a mi juicio, es preferible), pone, quizá, demasiado poder en el profesor, que si es juicioso, bien; pero, ¿y si no?
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